SECCIÓN 10.4 - PERSONAL DEL CENTRO DE ACTIVIDADES MÚLTIPLES
El personal básico del Centro de Actividades Múltiples estará compuesto por:
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Un administrador, director u operador o encargado:
- 1) Tendrá aprobado un bachillerato de un colegio o universidad reconocida, preferiblemente en Gerontología, Geriatría o en Conducta Humana. Esta norma aplicará prospectivamente a personas que inicien el servicio a tenor con este Reglamento.
- 2) Es responsable del cumplimiento con todas las disposiciones aplicables de este Reglamento.
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Otro personal. El Centro de Actividades Múltiples contará con:
- 1) Un terapista físico debidamente certificado, según se requiera.
- 2) Un líder recreativo.
- 3) Un enfermero graduado.
- 4) Un enfermero práctico certificado o asistente de servicios.
- 5) Un trabajador social con licencia.
- 6) Cocinero.
- El establecimiento tendrá a cargo la coordinación de servicios médicos para atender situaciones de emergencia.