SECCIÓN 13.1.2 - REQUISITOS PARA OFRECER EL SERVICIO
Un establecimiento que quiera ofrecer estos servicios tendrá que:
- Ser un establecimiento con licencia dual.
- El establecimiento cumplirá con todos los requisitos aplicables al tipo de establecimiento para el cual recibió licencia.
- Además, en su licencia tendrá autorización para prestar los servicios transitorios.
- La licencia que reciba incluirá la capacidad máxima para el servicio regular (que son adultos mayores) y la capacidad máxima para el servicio transicional.
- Incluir los detalles del servicio transicional en su Reglamento o Manual de Funcionamiento.
- Tener un contrato separado para el servicio transicional que refleje los pormenores del servicio.
- Los residentes bajo el servicio transicional no podrán compartir habitación con otros residentes que sean adultos mayores. Podrán compartir la habitación con otras personas en servicios transicionales.