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SECCIÓN 14.2 - ESTABLECIMIENTOS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN

Todo establecimiento cumplirá con las disposiciones de la Ley Núm. 161-2009, según enmendada, conocida como Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico, en construcciones nuevas realizadas a partir del 1 de enero de 2006, según dispone la OGPe, en cumplimiento con la reglamentación de la "United States Access Board".