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SECCIÓN 7.7.5 - NOTIFICACIÓN DE DENEGACIÓN O CANCELACIÓN DE LICENCIA

1.

La Oficina de Licenciamiento del Departamento notificará la denegación o cancelación de licencia por escrito mediante correo postal o correo electrónico a la dirección provista por el establecimiento, según consta en el expediente de la Oficina de Licenciamiento, o personalmente en la Oficina Regional que corresponda, señalando los hallazgos encontrados y citando la disposición de ley y/o reglamento infringidas.

2.

En la notificación se advertirá el derecho al debido proceso de ley para apelar la determinación ante la Junta Adjudicativa.