SECCIÓN 8.10.4 - SEGURIDAD EN ÁREAS SANITARIAS
Las áreas sanitarias en los establecimientos contarán con las siguientes medidas de seguridad, entre otras:
- Se evitará el uso de bañeras.
- Contará con agarraderas de seguridad en las duchas e inodoros.
- La superficie del piso de la ducha proveerá aditamentos contra resbalones.
- Toda área sanitaria tendrá ventilación o extractor de aire.