SECCIÓN 8.10.5 - PRERROGATIVA DE LA OFICINA DE LICENCIAMIENTO
La Oficina de Licenciamiento tiene la facultad de hacer observaciones sobre medidas de seguridad o de salud u otras áreas que no estén expresadas en este Reglamento, a los efectos de mejorar la calidad de servicios y de proteger la salud y seguridad de los residentes.