SECCIÓN 8.11.1 - UBICACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS
Los establecimientos estarán ubicados en la zona urbana o rural, accesibles a los recursos de la comunidad y de transportación pública, en un lugar libre de ruidos excesivos u olores nocivos y fuera de zonas inundables. La condición de la ubicación ofrecerá seguridad a la salud de los adultos mayores.