SECCIÓN 8.11.12 - FACULTAD EXPRESA DEL DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA
El personal de la Oficina de Licenciamiento y de la Administración Auxiliar de Servicios a Personas de Edad Avanzada y Adultos con Impedimentos de la ADFAN tendrán facultad a visitar, inspeccionar o investigar el establecimiento, con o sin cita o notificación previa, cuántas veces sea necesario para asegurar el bienestar de los adultos mayores y llevar a cabo entrevistas en el establecimiento. El personal del establecimiento cooperará con los funcionarios autorizados del Departamento para llevar a cabo la inspección de forma rápida y eficaz.