SECCIÓN 8.8.2 - SERVICIO TELEFÓNICO
Todo establecimiento estará provisto de servicio telefónico en funcionamiento, el que estará ubicado en lugar accesible al uso de los adultos mayores y del personal.
El establecimiento tendrá a la vista en un área prontamente disponible los números de las agencias de emergencia (Policía, Bomberos, Oficina de Manejo de Emergencias, Sistema 911, otras).