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SECCIÓN 8.8.5 - SERVICIOS DE TRABAJO SOCIAL

1.

Todo establecimiento contará con personal de trabajo social, con el propósito de la evaluación inicial del adulto mayor a su ingreso, para lograr su ajuste satisfactorio, y durante su estadía. Este personal será responsable de las siguientes tareas, entre otras:

  1. Preparar un Plan de Servicios Individualizado a corto y largo alcance para cada uno de los adultos mayores residentes en el establecimiento.
  2. Hacer observaciones por escrito sobre el funcionamiento social y adaptación de los adultos mayores en el establecimiento.
  3. Servir de enlace entre el adulto mayor y su tutor o familia y el establecimiento.
  4. Servir de enlace entre los componentes de servicio del establecimiento y los adultos mayores.
  5. En coordinación con el director, administrador, operador o encargado interviene en todo proceso de egreso del residente del establecimiento, inclusive el egreso compulsorio.
  6. Hacer uso de los recursos públicos o privados de la comunidad en beneficio de los adultos mayores del establecimiento.
  7. Hacer las observaciones y anotaciones en el expediente social del adulto mayor sobre sus intervenciones.